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De acuerdo al artículo 53 de la Ley Reglamentaria para el ejercicio de las profesiones lo define como actividad temporal obligatoria que permite consolidar la formación académica, poner en prácticas sus conocimientos, aprender actuar con solidaridad, reciprocidad y trabajo en equipo y a la vez retribuir a la sociedad en forma de acción social los beneficios que como estudiantes se recibieron durante su formación.
Incentivar la formación integral del alumno y su compromiso con la sociedad empleando los conocimientos y habilidades propios de su profesión, con el fin de contribuir a las necesidades de la comunidad, adquiriendo conocimientos de la realidad y sus problemas, es muy importante para nosotros.
La Universidad del Atlántico inicia con el seguimiento egresados a partir de la inclusión de los estudiantes en el sector social y/o productivo con la realización de su servicio social y prácticas profesionales y continúa con la inserción y crecimiento de los egresados en el mercado laboral.
Todos aquellos estudiantes que han cumplido 100% sus créditos y no deban ningún tipo de asignatura y que deseen poner en práctica sus conocimientos y adquirir experiencia en dependencias públicas y privadas.
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